Un inquilino deja una sartén al fuego, se descuida, y el incendio no solo arrasa el piso alquilado: el humo y las llamas dañan también la vivienda de los vecinos. El propietario respira tranquilo: «para eso pago el seguro del casero»… hasta que la aseguradora le dice que no cubre esos daños. Suena injusto, pero el Tribunal Supremo le acaba de dar la razón a la compañía. Además, deja una lección importante tanto para caseros como para inquilinos. Te explicamos por qué y cómo evitar este agujero.

¿Qué ha dicho el Tribunal Supremo?

En la Sentencia STS 2168/2026, de 7 de mayo de 2026, el Alto Tribunal establece que el seguro del propietario no tiene que pagar los daños causados a los vecinos por un incendio en la vivienda alquilada si el responsable del fuego es el inquilino y este no está asegurado.

¿El motivo? La póliza de la propietaria cubría únicamente su responsabilidad civil, no la del inquilino, que era quien tenía el control de la vivienda cuando se originó el fuego. Como a la propietaria no se le atribuyó responsabilidad en el incendio, su aseguradora tampoco tuvo que responder.

¿Por qué no cubre el seguro del casero?

La clave está en cómo funciona un seguro de responsabilidad civil. El Supremo recuerda (artículos 1 y 73 de la Ley de Contrato de Seguro) que este tipo de seguro no cubre «cualquier daño que ocurra en la vivienda», sino la obligación de indemnizar que nace a cargo de la persona asegurada. Es decir: la compañía paga si el asegurado es quien tiene que responder frente a un tercero.

Por tanto, que el piso figure en la póliza como «vivienda asegurada» no convierte en asegurado a cualquiera que viva allí. La vivienda es el lugar del riesgo, pero la responsabilidad cubierta sigue siendo solo la del titular de la póliza. Si el causante del daño es otra persona —el inquilino—, la aseguradora no responde, salvo que la póliza lo diga expresamente.

Si eres propietario y alquilas tu vivienda

Esta sentencia deja un aviso claro para los caseros: tener un seguro de hogar a tu nombre no te protege de lo que haga el inquilino. Para no quedarte descubierto conviene:

  • Contratar tu propio seguro como propietario (continente y tu responsabilidad civil).
  • Exigir en el contrato de alquiler que el inquilino tenga su propio seguro de hogar con responsabilidad civil, y pedir una copia.
  • Revisar qué cubre exactamente tu póliza: no todas contemplan los daños a terceros en las mismas condiciones.

Si eres inquilino

Muchos inquilinos creen que «el seguro del casero ya cubre todo». La sentencia demuestra que no es así: si provocas un daño a los vecinos o al propio inmueble, puedes tener que responder con tu patrimonio si no tienes seguro. Un seguro de hogar de inquilino, con su responsabilidad civil y la cobertura del contenido, es una protección barata que evita sustos muy caros.

Cómo evitar el problema con una correduría

El fallo del Supremo pone el foco en un detalle que se le escapa a la mayoría: quién figura como asegurado y qué responsabilidad se cubre. Como correduría independiente, en Comín revisamos las pólizas de propietarios e inquilinos, comparamos entre más de 25 compañías y nos aseguramos de que cada parte esté realmente cubierta —no solo sobre el papel—. Así, ni el casero ni el inquilino se llevan la sorpresa el día del siniestro.

En resumen

El seguro del casero no cubre automáticamente los daños que cause el inquilino. Cada parte necesita su propia protección, bien ajustada. Revisarlo a tiempo con un asesor independiente es la diferencia entre estar cubierto y llevarse un disgusto muy caro.

En Comín, correduría de seguros independiente en Zaragoza desde 1927, revisamos tu seguro de alquiler —seas propietario o inquilino— para que estés bien cubierto ante un incendio u otro daño. Solicítanos una revisión gratuita de tu póliza. Cuéntanos tu caso.