¿Cuál es la nueva ley hipotecaria de los seguros vinculados?
Los seguros vinculados ya son historia. Con la nueva ley hipotecaria se ha conseguido que esta práctica habitual quede prohibida de forma definitiva.
Y es que muchas personas que buscaban una hipoteca se vieron, en cierta manera, obligados a contratar productos vinculados del propio banco o caja como los seguros de salud, por poner un ejemplo.
Ahora, conseguir una hipoteca sin seguros vinculados es posible. Y, tanto compradores como bancos, deben acomodarse a la nueva realidad.
¿Cuál es el conflicto con los productos vinculados?
Durante muchos años la concesión de un préstamo hipotecario se había vinculado a seguros de vida y hogar, productos que las propias entidades financieras ofrecían.
Esta vinculación era un arma de doble filo: por un lado, los bancos y cajas te ofrecían unos intereses menores en la hipoteca si contratabas algunas pólizas de seguro; pero si no lo hacías, la diferencia económica era bastante importante.
Así que, en cierta manera, se obligaba a las personas que querían una hipoteca a contratar seguros que quizás no necesitan o no les interesa.
Algunos ejemplos de estos seguros vinculados a una hipoteca son los que BBVA y Caixabank realizaron, que han sido condenados en sentencias judiciales: en el momento de la firma de la hipoteca, también se firmó y abonó la póliza de un seguro de vida.
¿Por qué se vinculaban productos a las hipotecas?
El objetivo de estas acciones por parte de las entidades financieras era la fidelización del cliente, aunque se sintiese de una manera forzada. Ellos querían conseguir el máximo rendimiento con el acuerdo.
Se entiende que es más fácil que un cliente cese su contrato cuando sólo tiene un producto que le ate al banco, que no varios. Por eso, al ofrecer un paquete de seguros junto a la hipoteca, lograban que muchos clientes no se marcharan a otro banco.
A más productos se vinculaban a la hipoteca, menor era el interés en la misma; así pues, si alguien quería sacarle el mayor rendimiento a este tipo de comercialización de productos financieros, debía contratar hasta 6 con su hipoteca.
Los corredores de seguro al rescate
Las entidades aseguradoras y los agentes de seguros vinculados a éstas anteriores se quejaron y denunciaron esta práctica poco ética. Fueron estos últimos los que estaban más interesados en que no se realizara porque, de lo contrario, su trabajo no tenía sentido.
Tras varios años en que el asunto estuvo en los tribunales, éstos calificaron esta forma de negociar los intereses de las hipotecas como una práctica abusiva de mercado.
Las mismas sentencias condenaron a los bancos que las realizaron a devolver el importe de las pólizas de seguros que no se consumieron, es decir, que nunca se utilizaron y fueron forzadas a ser firmadas.
Pese a todo, los bancos podían seguir realizándolas, ya que si los clientes querían que la sentencia se cumpliera debían iniciar un proceso judicial, siendo algo largo y costoso.
Sin embargo, desde la llegada de la nueva ley hipotecaria, por fin se ha blindado la prohibición de esta práctica.
¿Qué es un producto vinculado?
Para que lo tengas claro, un producto vinculado puede ser un seguro, plan de pensiones o cualquier otro producto financiero que se ofrezca desde el propio banco para reducir el interés de la hipoteca.
Es decir, que se forzaba al cliente a contratar algo que no le interesaba o ni siquiera quería con tal de no tener que pagar tanto por la compra de su casa.
Desde la llegada de la nueva ley hipotecaria, se pueden diferenciar dos tipos de vinculaciones de productos financieros distintos:
- Ventas vinculadas: las que han sido prohibidas, donde el banco o entidad financiera te metía en un único paquete la hipotecas y cualquier otro producto que ofreciera, sin que el cliente fuese capaz de decidir si lo quería tomar o no.
- Ventas combinadas: en esta situación, el banco puede ofrecer una serie de productos adicionales al crédito hipotecario que va a contratar el cliente, permitiendo así que sea por su propia voluntad si le interesa o no adquirirlos.
Aun así, a los bancos les sigue interesando que adquieras más productos financieros. Ellos premiarán tu fidelidad a través de reducciones en el interés hipotecario, recalcando que ahora tú puedes decidir tomar esa decisión de forma libre.
Tipos de productos que se vinculan
Al final, los productos vinculados pueden llegar a ser un ahorro para el cliente, excepto en aquellos casos que sí sea abusivo y no salga rentable en lo económico.
Para entender mejor lo que ocurría, es importante destacar aquellos productos que se vinculaban más a menudo:
- Seguros de hogar, de coche o de vida.
- Tarjetas de débito y de crédito.
- Domiciliación bancaria de la nómina.
- Planes de pensiones privados.
- Domiciliación del pago de la propia hipoteca y de los otros productos.
- Seguro de protección de pagos.
- Abrir una cuenta corriente.
Como podrás comprobar, algunos de ellos ni siquiera tienen gastos de mantenimiento vinculados. Pero al tenerlo todo centralizado en una misma entidad financiera, era más difícil que un cliente pudiese marcharse de ella.
¿Cómo cambia la nueva ley los seguros vinculados?
Desde que entró en vigor el 16 de junio de 2019, la nueva ley hipotecaria prohíbe de forma expresa la venta de productos financieros vinculados a una hipoteca, con el mismo razonamiento que tuvieron las sentencias: es una práctica abusiva.
A partir de ahora se podrán realizar ventas combinadas, donde será el cliente el que no se sienta ni forzado ni obligado a tomar ciertos productos para verse beneficiado económicamente.
Así pues, los seguros vinculados a un préstamo hipotecario serán optativos. El banco podrá ofrecerlos, pero de ninguna forma podrá “persuadir” a sus clientes de que los tomen a costa de una reducción en los intereses de su hipoteca.
Excepciones en los seguros vinculados
Ahora bien, la propia ley también incluye un margen excepcional para la venta de seguros vinculados a la hipoteca:
- Que el producto financiero sea imprescindible para garantizar el pago de la deuda hipotecaria, como puede ser un seguro de vida o de daños.
- Que se demuestre un beneficio real para los clientes, es decir, que sí les valga la pena realizar este contrato con un seguro vinculado.
Aun así, en el primer punto también se debe especificar que si el cliente ofrece un seguro de otra entidad, con las mismas prestaciones que el que se quiere vincular, el banco tendrá que aceptarlo.
En cualquier caso, los seguros que se vinculen a la hipoteca tendrán una vencimiento anual, pudiéndose decidir si prorrogarlos o cambiar de entidad aseguradora. Y de ninguna manera ello puede afectar al crédito hipotecario contratado.
¿Valían la pena los seguros vinculados?
Todo depende de las circunstancias personales de cada uno. Con la nueva ley hipotecaria se ha ganado en libertad de elección, pero para algunas personas ya les era rentable vincular seguros de la propia entidad financiera.
Y es que la capacidad de forzar de los bancos a contratar seguros vinculados podía salir rentable, pero el cliente podía sentirse estafado. Y no solo ellos, sino que los competidores en este ámbito mercantil.
Tanto las entidades aseguradoras como los corredores de seguros veían como los bancos les hacían competencia desleal, no dando ningún tipo de margen a los clientes a decidir qué era mejor para ellos.
Por lo que podría decirse que no, por lo general no valían la pena los seguros vinculados. Solo en casos excepcionales en los que las circunstancias económicas fueran favorables al contratante de la hipoteca.
¿Y los productos financieros en una venta combinada?
La alternativa ofrecida por la propia ley hipotecaria, la venta combinada, es una opción muy interesante que puede ayudar a satisfacer tanto los intereses del banco como de los clientes del mismo con una deuda hipotecaria.
Pero hay que tener en cuenta si de verdad lo necesitas y te va a ser útil en tu vida. Por eso es esencial que hagas una reflexión profunda antes de que vayas acceder a ello y te plantees si:
- Te compensa en lo económico, que lo puedas asumir y no sientas que es un gasto innecesario.
- Que las prestaciones de los seguros y productos que te ofrecen merecen la pena, en comparación a lo que ya tenías.
- En caso de no tener seguro de salud o de vida, valorar si es una necesidad o un extra que a la larga te va a salir caro.
Para conseguir los mejores seguros, sean de la entidad financiera que te ofrece la hipoteca o no, lo primero que debes hacer es comparar. Ya sea porque la misma te muestra una comparativa, como acudir a un corredor de seguros profesional.
En cualquier caso, evita también aceptar productos financieros de prima única o PUF, ya que pueden forzarte a realizar un desembolso inicial importante o que se pague de forma íntegra por adelantado.
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